Recursos Sociales

Beneficios fiscales

Entre los beneficios fiscales asociados a la discapacidad del 33 % los más importantes son los que afectan a:

Consulta aquí la Normativa para personas con Discapacidad, y conoce las ventajas fiscales en el IRPF para personas con discapacidad y sus familiares.

También se puede consultar la página web de la Agencia Tributaria, donde te informan sobre las deducciones que puedes aplicar por hijos y otros descendientes y por las personas con discapacidad.

Deducciones estatales:

La normativa del IRPF establece un mínimo personal y familiar que no se somete a tributación.

¿Qué es el mínimo personal?
Es la valoración que hace el Estado, a efectos del IRPF, de cuánto le cuesta a una persona cubrir sus necesidades vitales mínimas. Por tanto, esta cuantía no se considera renta disponible y no se somete a tributación.

El mínimo por discapacidad es la suma del mínimo por discapacidad del contribuyente y del mínimo por discapacidad de ascendientes y descendientes.

  • El mínimo por discapacidad del contribuyente es de 3.000 € anuales y de 9.000 € anuales cuando se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. Dicho mínimo se aumentará, en concepto de gastos de asistencia, en 3.000 € cuando se acredite necesitar ayuda de terceras personas, movilidad reducida o un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.

  • El mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes será de 3.000 € anuales y de 9.000 € cuando se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. Dicho mínimo se aumentará, en concepto de gastos de asistencia, en 3.000 € por cada ascendiente o descendiente que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida o un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.

Deducciones Autonómicas:
Además, en el siguiente enlace podréis consultar las deducciones autonómicas aplicables a la Declaración de la Renta: CLIC AQUÍ

Podéis consultar toda la información en la página web de la Agencia Tributaria.

Tipo reducido del 4% en:

  • Adquisición y adaptación de vehículos a motor destinados al transporte habitual de personas con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quién sea el conductor. Incluye autotaxis y autoturismos. Requiere el reconocimiento previo del derecho del adquiriente, para lo que existe un procedimiento específico en la Agencia Tributaria.

  • Adquisición y reparación de sillas de ruedas para uso exclusivo de personas con discapacidad, así como de vehículos específicos para personas con movilidad reducida cuya masa en vacío no supere los 350 Kg (velocidad de hasta 45 K/h en llano).

  • Prótesis, ortesis e implantes internos para personas con discapacidad.

Exención del Impuesto de Matriculación (IEDMT) Vehículos matriculados a nombre de una persona con discapacidad para su uso exclusivo. Hay que solicitarlo en la Administración tributaria, que verificará los requisitos, antes de la matriculación.

Conforme determina la Ley de las Haciendas Locales, estarán exentos del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica los vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo. Esta exención se aplicará en tanto se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte.

Hay que solicitar la exención ante la administración municipal correspondiente (ayuntamiento).

Es un patrimonio destinado a atender las necesidades de las personas con discapacidad. Tendrán la consideración de beneficiarios, exclusivamente, las personas con discapacidad en cuyo interés se constituya, que serán sus titulares y afectadas por los siguientes grados de discapacidad:

  • Las personas con una discapacidad psíquica igual o superior al 33%.
  • Las personas con una discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%.

Conlleva unos beneficios fiscales tanto por las aportaciones realizadas como por las recibidas. Consulta la página web de la Agencia Tributaria para más información.

En el siguiente documento se recoge toda la normativa relacionada: Clic para acceder al documento